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PROGRESO DIGITAL Nº 5 miércoles, 14 de noviembre de 2012

 

Asesoría jurídica

TARJETA ACREDITATIVA DE GRADO DE DISCAPACIDAD

Asesoría Jurídica y Económica de UP

La tarjeta de discapacidad es un documento personal e intransferible, este nuevo diseño es más cómodo y resistente que el antiguo certificado, de ella se beneficiarán ya muchas personas que ya tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, vigente en algunas comunidades por ahora.

La tarjeta de discapacidad es un documento personal e intransferible, este nuevo diseño es más cómodo y resistente que el antiguo certificado, está plastificado, se beneficiarán muchas personas ya que es más cómoda de  llevar, esta solicitud se refiere exclusivamente a aquellas personas que ya tengan  reconocido un grado de discapacidad igual o superior  al 33%, vigente en algunas comunidades por ahora.

La persona titular de la tarjeta estará obligada a destruir, de manera inmediata, si su discapacidad pasa a ser inferior al 33%.

Esta tarjeta sustituye al certificado de la discapacidad en formato papel y por tanto mediante su presentación podemos beneficiarnos de distintas bonificaciones como por ejemplo en la compra de billetes de tren en la entrada a museos, etc

La gran ventaja es que se puede llevar de forma más cómoda que el certificado ya que tiene el tamaño de un DNI.

La tarjeta, sirve como carnet identificativo,  podrá ser permanente o temporal, único para todos los tipos de discapacidad e incluye medidas de seguridad contra su falsificación, este formato simplifica el acceso a determinados servicios, al que podrán solicitarlo voluntariamente las personas con algún tipo de discapacidad reconocida oficialmente. Tiene el mismo objetivo que el certificado en formato papel y que lo sustituye, sólo tendrá que ser presentado en el caso de que sea requerido por las Administraciones públicas, la nueva tarjeta se puede presentar para cualquier trámite administrativo o a la hora de acreditar que tiene una discapacidad  reconocida.

Los requisitos comunes exigidos por todas las comunidades para la expedición de la tarjeta identificativa es el sigueinte, aquellas personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% con fecha anterior a la publicación de la orden de creación, y que residan en la comunidad autónoma correspondiente. La tarjeta ha de ir acompañada del documento identificador DNI o NIE.

Para solicitarla tiene que ser el interesado o su representante legal quienes cumplimentarán la solicitud y será entregada depende de cada Comunidad, en su Centro Base más cercano o en cualquiera de los registros públicos de cada Comunidad. En algunos casos se recibirá, a través de correo ordinario, la Tarjeta Acreditativa de Grado de Discapacidad en la dirección que figure en la solicitud formulada.

En caso de extravío o robo de la tarjeta, la persona interesada o su representante legal solicitará la emisión de una nueva, aportando, junto a la solicitud, declaración expresa de esta circunstancia y copia de la denuncia presentada ante la autoridad competente.

La vigencia de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad estará sujeta a la vigencia de la resolución por la que se reconoce el grado de discapacidad.

  Comunidades donde se puede solicitar

·     Andalucía

·     Aragón

·     Cantabria

·     Castilla La Mancha

·     Castilla y León

·     Cataluña

·     Comunidad Valenciana

·     Extremadura

·     La Rioja

·     Madrid

·     Navarra

·     Vizcaya

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